

{"id":448,"date":"2023-10-03T17:04:02","date_gmt":"2023-10-03T17:04:02","guid":{"rendered":"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/?page_id=448"},"modified":"2024-01-09T00:39:01","modified_gmt":"2024-01-09T00:39:01","slug":"convocatoria-2024","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/sistemaselec.ieem.org.mx\/candidaturas-independientes\/","title":{"rendered":"Convocatoria 2024"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Convocatoria <em>a una Candidatura Independiente <\/em><\/h2>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<article class=\"contenedor_lista\">\n<ul>\n<li class=\"convocatoria-descarga\"><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/docs\/2023\/convocatoria_indep_web.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Descargar <strong>CONVOCATORIA<\/strong><\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n<\/article>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-devrix-easy-image-gallery-block easy-image-gallery thumbnails-4 linked galeria-1\" data-total-slides=\"6\"><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Etapas-del-proceso-de-una-candidatura-independiente-eleccion-de-diputaciones-y-ayuntamientos-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Etapas del proceso de selecci\u00f3n a una candidatura independiente Elecci\u00f3n de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024 Convocatoria Se dirige a la ciudadan\u00eda interesada en postularse a una Candidatura Independiente, en este caso para diputaciones locales y ayuntamientos, contiene los requisitos, la documentaci\u00f3n probatoria requerida, los plazos, etc. Actos previos al registro: escrito de manifestaci\u00f3n de intenci\u00f3n (EMI) Diputaciones Locales Presentaci\u00f3n del EMI desde el d\u00eda siguiente a la emisi\u00f3n de la Convocatoria y hasta el 6 de diciembre de 2023 El Consejo General resolver\u00e1 sobre la procedencia 3 de enero de 2024 Ayuntamientos Presentaci\u00f3n del EMI desde el d\u00eda siguiente a la emisi\u00f3n de la Convocatoria y hasta el 10 de enero de 2024 El Consejo General resolver\u00e1 la procedencia 18 de enero de 2024 Obtenci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda Se realiza a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil \u201cApoyo Ciudadano INE\u201d, en dos modalidades: Diputaciones Locales  04 de enero al 17 de febrero de 2024  (45 d\u00edas) Ayuntamientos 19 de enero al 17 de febrero de 2024 (30 d\u00edas) El respaldo del apoyo de la ciudadan\u00eda que se deber\u00e1 cumplir ser\u00e1 el equivalente al 3% de la Lista Nominal de Electores (LNE) del distrito o municipio, con corte al 31 de diciembre de 2023, y deber\u00e1 estar integrado por el 1.5% de personas ciudadanas en por lo menos la mitad de las secciones electorales, a trav\u00e9s de la Aplicaci\u00f3n M\u00f3vil administrada por el Instituto Nacional Electoral (INE). Registro de candidaturas independientes Del 10 al 19 de abril de 2024 Las personas aspirantes que cumplieron con el porcentaje de apoyo de la ciudadan\u00eda requerido, estar\u00e1n en posibilidad de presentar solicitud de registro y el Consejo General resolver\u00e1 la procedencia o improcedencia de la solicitud: 25 de abril de 2024. \" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Etapas-del-proceso-de-una-candidatura-independiente-eleccion-de-diputaciones-y-ayuntamientos-150x150.jpg\" data-slide-no=\"0\" alt=\"1_Etapas del proceso de una candidatura independiente eleccion de diputaciones y ayuntamientos\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Principales-documentos-que-deben-de-acomparnar-el-EMI-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"PRINCIPALES DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ACOMPA\u00d1AR AL ESCRITO DE MANIFESTACI\u00d3N DE INTENCI\u00d3N (EMI) Acta constitutiva que acredite la creaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Civil (integrada con por lo menos la persona aspirante, representaci\u00f3n legal y persona encargada de los recursos financieros), conforme al Modelo \u00danico de Estatus aprobado con la Convocatoria (Anexo 3), ante Notar\u00eda P\u00fablica del Estado de M\u00e9xico. Inscripci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Civil ante el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) de la Asociaci\u00f3n Civil. Datos de identificaci\u00f3n de la cuenta bancaria a nombre de la Asociaci\u00f3n Civil. Credencial para votar de las personas que integran la f\u00f3rmula o planilla, representaci\u00f3n legal y persona encargada de los recursos financieros. Acta de nacimiento de las personas que integran la f\u00f3rmula o planilla. Constancia de residencia, expedida por la persona titular de la Secretar\u00eda del Ayuntamiento respectivo, (en la cual se haga constar la residencia efectiva en el distrito o municipio seg\u00fan sea el caso de un 1 a\u00f1o si es persona originaria o 3 a\u00f1os si se es vecina) de las y los integrantes de la f\u00f3rmula o planilla. Aviso de Privacidad que contenga la finalidad o tratamiento de los datos personales que recabe la persona aspirante para darlo a conocerle a la ciudadan\u00eda que brinde su apoyo. Presentar debidamente requisitados los Anexos para Diputaciones Locales: 1, 4, 5, 6, 7 y 8. Ayuntamientos: 2, 4, 5, 6, 7 y 8.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Principales-documentos-que-deben-de-acomparnar-el-EMI-150x150.jpg\" data-slide-no=\"1\" alt=\"PRINCIPALES DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ACOMPA\u00d1AR AL ESCRITO DE MANIFESTACI\u00d3N DE INTENCI\u00d3N (EMI)\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Captacion-del-apoyo-de-la-ciudadania-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda Se realiza a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil \u201cApoyo Ciudadano INE\u201d, en dos modalidades: Mediante aspirantes\/auxiliares Con ayuda de la persona aspirante o auxiliar, se captan los datos de la persona ciudadana en la APP. Directamente por la ciudadan\u00eda La persona ciudadana descarga la APP en su smartphone e ingresa directamente los datos desde su domicilio. Datos que se capturan Anverso y reverso de la CPV Fotograf\u00eda viva (presencial) del\/la ciudadano(a) Firma manuscrita digitalizada que coincida con la CPV\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Captacion-del-apoyo-de-la-ciudadania-150x150.jpg\" data-slide-no=\"2\" alt=\"Captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Porcentaje-y-dispersion-de-la-captacion-del-apoyo-de-la-ciudadania-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Porcentaje y dispersi\u00f3n de la captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda requerido Una vez que se otorga la calidad de aspirante a una Candidatura Independiente, estar\u00e1 en aptitud de captar el Apoyo de la Ciudadan\u00eda a trav\u00e9s de la App m\u00f3vil. APLICACI\u00d3N \u201cAPOYO CIUDADANO INE\u201d PORCENTAJE 3% De la Lista Nominal de Electores con corte al 31 de diciembre de 2023 correspondiente al distrito o municipio.  Deber\u00e1 de estar distribuido DISPERSI\u00d3N 1.5% De ciudadanas y ciudadanos que figuren en la Lista Nominal de Electores en la mitad de las secciones electorales EJEMPLO DE DISPERSI\u00d3N Ayuntamientos Secci\u00f3n en la que S\u00cd cumpli\u00f3 con el 1.5% de captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda. Secci\u00f3n en la que NO cumpli\u00f3 con el 1.5% de captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda. Secci\u00f3n en la que NO se capt\u00f3 ning\u00fan apoyo de la ciudadan\u00eda. Diputaciones Locales Secci\u00f3n en la que S\u00cd cumpli\u00f3 con el 1.5% de captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda. Secci\u00f3n en la que NO cumpli\u00f3 con el 1.5% de captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda. Secci\u00f3n en la que NO se capt\u00f3 ning\u00fan apoyo de la ciudadan\u00eda.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Porcentaje-y-dispersion-de-la-captacion-del-apoyo-de-la-ciudadania-150x150.jpg\" data-slide-no=\"3\" alt=\"Porcentaje y dispersi\u00f3n de la captaci\u00f3n del apoyo de la ciudadan\u00eda requerido\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Requisitos-de-elegibilidad-diputaciones-locales-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Requisitos de Elegibilidad Diputaciones Locales En t\u00e9rminos de la Base Segunda de la Convocatoria, a una candidatura independiente para elecci\u00f3n de diputaciones locales y ayuntamientos 2024, conforme al art\u00edculo 40 de la Constituci\u00f3n Local y 17 del C\u00f3digo Electoral del Estado de M\u00e9xico, se deber\u00e1 cumplir con los requisitos siguientes para diputaciones locales: I. Ser ciudadana o ciudadano del Estado en pleno ejercicio de sus derechos; II. Ser mexiquense con residencia efectiva en su territorio no menor a un a\u00f1o o vecina o vecino del mismo, con residencia efectiva en su territorio no menor a tres a\u00f1os, anteriores al d\u00eda de la elecci\u00f3n; III. No haber sido condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal; IV. Tener 21 a\u00f1os cumplidos el d\u00eda de la elecci\u00f3n; V. No ser ministro de alg\u00fan culto religioso, a menos de que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos 5 a\u00f1os antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n; VI. No ser consejera o consejero presidente o consejera o consejero electoral, en los consejos distritales o municipales del IEEM, salvo que se hubiera separado del cargo dos a\u00f1os antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n; VII. No ser diputada o diputado local, diputada o diputado federal o senadora o senador en ejercicio; VIII. No ser jueza o juez, magistrada o magistrado ni integrante del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, servidora o servidor p\u00fablico federal, estatal o municipal; IX. No ser militar, jefe o jefa de las fuerzas de seguridad p\u00fablica del Estado o de los municipios en ejercicio de mando en el territorio del distrito o circunscripci\u00f3n por el que se pretenda postularse. X. No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por el delito de violencia pol\u00edtica contra las mujeres en raz\u00f3n de g\u00e9nero; XI. No estar inscrita o inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el Estado, ni en otra entidad federativa, y XII. No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de g\u00e9nero. Asimismo, se deber\u00e1 satisfacer lo siguiente: I. Estar inscrita o inscrito en el padr\u00f3n electoral correspondiente, la lista nominal y contar con credencial para votar vigente. II. No ser magistrada o magistrado del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal Electoral o funcionario de este, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. III. No formar parte del servicio profesional electoral del IEEM, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. IV. No ser consejera o consejero electoral en el Consejo General del IEEM ni Secretaria o Secretario Ejecutivo, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate.  V. No ser consejera o consejero electoral en los consejos distritales o municipales del IEEM ni directora o director del mismo, salvo que se haya separado del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. VI. No ser integrante del \u00f3rgano de direcci\u00f3n de los organismos a los que la Constituci\u00f3n Local otorga autonom\u00eda, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate; y VII. No ser secretaria, secretario o subsecretaria o subsecretario de Estado, ni titular de los organismos p\u00fablicos desconcentrados o descentralizados de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal, a menos que se separen noventa d\u00edas antes de la elecci\u00f3n.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Requisitos-de-elegibilidad-diputaciones-locales-150x150.jpg\" data-slide-no=\"4\" alt=\"Requisitos de Elegibilidad Diputaciones Locales\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/6_Requisitos-de-elegibilidad-de-ayuntamientos-ok-503x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Requisitos de Elegibilidad Ayuntamientos En t\u00e9rminos de la Base Segunda de la Convocatoria, a una candidatura independiente para elecci\u00f3n de diputaciones locales y ayuntamientos 2024, conforme al art\u00edculo 119 y 120 de la Constituci\u00f3n Local y 17 del C\u00f3digo Electoral del Estado de M\u00e9xico, se deber\u00e1 cumplir con los requisitos siguientes para integrantes de los ayuntamientos: I. Ser mexicana o mexicano, ciudadana o ciudadano del Estado, en pleno ejercicio de sus derechos; II. Ser mexiquense con residencia efectiva en el municipio no menor a un a\u00f1o vecina o vecino del mismo, con residencia efectiva en su territorio no menor a tres a\u00f1os, anteriores al d\u00eda de la elecci\u00f3n; III. Ser de reconocida probidad y buena fama p\u00fablica; IV. No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por el delito de violencia pol\u00edtica contra las mujeres en raz\u00f3n de g\u00e9nero; V. No estar inscrita o inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el Estado, ni en otra entidad federativa, y VI. No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de g\u00e9nero. No podr\u00e1n registrarse como integrantes propietarias o suplentes de los ayuntamientos, conforme al art\u00edculo 120 de la Constituci\u00f3n Local, las personas siguientes: I. Las diputadas o diputados y senadoras o senadores al Congreso de la Uni\u00f3n que se encuentren en ejercicio de su cargo; II. Las diputadas o diputados a la Legislatura del Estado que se encuentren en ejercicio de su cargo; III. Las juezas o jueces, magistradas o magistrados, consejeras o consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado o de la Federaci\u00f3n; IV. Las y los servidores p\u00fablicos federales, estatales o municipales en ejercicio de autoridad; V. Las y los militares, las y los integrantes de las fuerzas de seguridad p\u00fablica del Estado y los de los municipios que ejerzan mando en el territorio de la elecci\u00f3n; y VI. Las y los ministros de cualquier culto, a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio, cuando menos cinco a\u00f1os antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n. Las y los servidores p\u00fablicos a que se refieren las fracciones de la I a la V ser\u00e1n exceptuados del impedimento si se separan de sus respectivos cargos por lo menos, veinticuatro horas antes del inicio de las campa\u00f1as, conforme al calendario electoral aprobado por el Consejo General para la Elecci\u00f3n de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024. Asimismo, se deber\u00e1 satisfacer lo siguiente: I. Estar inscrita o inscrito en el padr\u00f3n electoral correspondiente, la lista nominal y contar con credencial para votar vigente. II. No ser magistrada o magistrado del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal Electoral o funcionario de este, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. III. No formar parte del servicio profesional electoral del IEEM, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. IV. No ser consejera o consejero electoral en el Consejo General del IEEM ni Secretaria o Secretario Ejecutivo, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. V. No ser consejera o consejero electoral en los consejos distritales o municipales del IEEM ni directora o director del mismo, salvo que se haya separado del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate. VI. No ser integrante del \u00f3rgano de direcci\u00f3n de los organismos a los que la Constituci\u00f3n Local otorga autonom\u00eda, salvo que se separe del cargo dos a\u00f1os antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate; y VII. No ser secretaria, secretario o subsecretaria o subsecretario de Estado, ni titular de los organismos p\u00fablicos desconcentrados o descentralizados de la administraci\u00f3n p\u00fablica estatal, a menos que se separen noventa d\u00edas antes de la elecci\u00f3n. VIII. Cumplir con lo establecido en el art\u00edculo 118 del CEEM.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/6_Requisitos-de-elegibilidad-de-ayuntamientos-ok-150x150.jpg\" data-slide-no=\"5\" alt=\"Requisitos de Elegibilidad Ayuntamientos \" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><\/ul>\n\n\n\n<br><br><br><br><br>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading has-text-align-center\">Obligaciones relacionadas con la fiscalizaci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n<article class=\"contenedor_lista\">\n<ul>\n   <li class=\"recomendaciones\"><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Recomendaciones_CI_2024.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Recomendaciones<strong>Preoperativas a la fiscalizaci\u00f3n <\/strong><\/a><\/li>\n<\/ul>\n<\/article>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-devrix-easy-image-gallery-block easy-image-gallery thumbnails-4 linked galeria-2\" data-total-slides=\"3\"><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Obligaciones-FISCA-PEO-2024-1-768x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"OBLIGACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACI\u00d3N - OBTENCI\u00d3N DE APOYO DE LA CIUDADAN\u00cdA. Apoyo de la ciudadan\u00eda: reuniones p\u00fablicas, asambleas, marchas y actividades dirigidas a la ciudadan\u00eda en general, que realizan las personas aspirantes con el objeto de obtener el apoyo de la ciudadan\u00eda. Principales situaciones sancionadas. Sistema Nacional de Registro (SNR): Una vez que el IEEM apruebe tu registro, se generar\u00e1 la contabilidad para el reporte de ingresos y gastos en el Sistema integral de Fiscalizaci\u00f3n (SIF). Recuerda que el correo que capturaste en SNR ser\u00e1 el medio de contacto para temas de fiscalizaci\u00f3n. Registro de operaciones en tiempo real: Realiza el registro contable de ingresos y gastos desde el momento en el que ocurren y hasta 3 d\u00edas posteriores. Agenda de eventos: Reporta en el SIF los eventos con antelaci\u00f3n de al menos 7 d\u00edas y avisa su cancelaci\u00f3n en un plazo m\u00e1ximo de 48 horas despu\u00e9s de la fecha en la que se iba a realizar el evento. Casa de apoyo de la ciudadan\u00eda: Registra la casa que utilices para la obtenci\u00f3n de apoyo de la ciudadan\u00eda proporcionando la direcci\u00f3n y el periodo en que ser\u00e1 utilizada, presenta la documentaci\u00f3n soporte correspondiente. Avisos a la autoridad: Informa sobre la apertura de la cuenta bancaria dentro de los 5 d\u00edas siguientes a la firma del contrato. As\u00ed como, el nombre de la persona Responsable de finanzas, direcci\u00f3n, correo y tel\u00e9fono dentro de los 5 d\u00edas. Gastos sobre la creaci\u00f3n de la asociaci\u00f3n civil: Realiza el registro contable de los ingresos y gastos derivados de la constituci\u00f3n de la asociaci\u00f3n civil que presentaste en el EMI como requisito para obtener el registro de aspirante. Aportaciones por el uso de los bienes muebles o inmuebles: Cuando recibas aportaciones por el uso de los bienes muebles o inmuebles otorgados en comodato, realiza 2 registros contables: 1. Ingreso en especie- gasto asociado 2. Pr\u00e9stamo del bien en cuentas de orden. Fuente: Reglamento de Fiscalizaci\u00f3n del INE.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Obligaciones-FISCA-PEO-2024-1-150x150.jpg\" data-slide-no=\"0\" alt=\"OBLIGACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACI\u00d3N - OBTENCI\u00d3N DE APOYO DE LA CIUDADAN\u00cdA. \" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Obligaciones-FISCA-PEO-2024-2-768x1024.jpg\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"OBLIGACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACI\u00d3N - OBTENCI\u00d3N DE APOYO DE LA CIUDADAN\u00cdA. Apoyo de la ciudadan\u00eda: reuniones p\u00fablicas, asambleas, marchas y actividades dirigidas a la ciudadan\u00eda en general, que realizan las personas aspirantes con el objeto de obtener el apoyo de la ciudadan\u00eda. Principales situaciones sancionadas.  Cuenta bancaria: Presenta los estados de cuenta bancarios, contratos de apertura y tarjeta de firmas. Ingresos en efectivo: Cuando las aportaciones en efectivo superen las 90 UMA, se deber\u00e1n realizar con cheque o transferencia bancaria, registra contablemente adjuntando la totalidad de la documentaci\u00f3n soporte, en la que se debe identificar la cuenta de origen y destino. Ingresos en especie: Registra contablemente el ingreso y el gasto asociado, adjunta la documentaci\u00f3n que acredite el criterio de valuaci\u00f3n utilizado, facturas y\/o cotizaciones, contrato de donaci\u00f3n o comodato, credencial para votar de la persona aportante y los recibos foliados de la aportaci\u00f3n en especie. Gastos mayores a 90 UMA: Los pagos que realices mayores a 90 UMA, tendr\u00e1n que ser mediante cheque nominativo, a nombre de la o el prestador de servicios, con la leyenda \u201cpara abono en cuenta del beneficiario\u201d o a trav\u00e9s de transferencia electr\u00f3nica, para el registro contable en el SIF deber\u00e1 incorporarse la documentaci\u00f3n comprobatoria y el comprobante de pago (p\u00f3liza cheque, copia del cheque o transferencia). Avisos de contrataci\u00f3n: Presenta en un plazo m\u00e1ximo de 3 d\u00edas posteriores a la suscripci\u00f3n de los contratos para la adquisici\u00f3n de todo tipo de propaganda incluyendo la utilitaria y publicidad, as\u00ed como espect\u00e1culos, cantantes y grupos musicales, sin importar el monto de la contrataci\u00f3n y para bienes y servicios diferentes cuando se supere las 1,500 UMA. Compra de propaganda: Celebra operaciones con personas proveedoras inscritas en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) cuando adquieras propaganda incluyendo utilitaria y publicidad, espect\u00e1culos, artistas y grupos musicales, sin importar el monto de la contrataci\u00f3n, o cuando el monto de lo contratado supere las 1,500 UMA en bienes y servicios contratados en la realizaci\u00f3n de eventos distintos a los anteriores. Monitoreo y visitas de verificaci\u00f3n: Reporta en el SIF la totalidad de los gastos por concepto de propaganda en la v\u00eda p\u00fablica y en casas de obtenci\u00f3n de apoyo de la ciudadan\u00eda, y eventos, recuerda que la autoridad realizar\u00e1 monitoreo y visitas de verificaci\u00f3n. Espectaculares: Los espectaculares solo se pueden contratar y pagar a trav\u00e9s de la Asociaci\u00f3n Civil directamente, este tipo de propaganda no puede ser por aportaciones en especie. Fuente: Reglamento de Fiscalizaci\u00f3n del INE.\" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/2023\/10\/Obligaciones-FISCA-PEO-2024-2-150x150.jpg\" data-slide-no=\"1\" alt=\"OBLIGACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACI\u00d3N - OBTENCI\u00d3N DE APOYO DE LA CIUDADAN\u00cdA.\" width=\"150\" height=\"150\"\/><\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/imagenes\/CalendarioFiscalizacion_apoyo_ciudadania-410x1024.png\" data-fancybox=\"galleryundefined\" data-caption=\"Calendario de plazos para la Fiscalizaci\u00f3n de los informes del Periodo de obtenci\u00f3n de apoyo de la ciudadan\u00eda. Diputaciones Locales: Del 4 de enero 2024 al 17 de febrero 2024; Ayuntamientos: Del 19 de enero 2024 al 17 de febrero 2024. Fecha l\u00edmite de entrega de los Informes: 20 de febrero, Notificaci\u00f3n de Oficios de Errores y Omisiones: 01 de marzo, Respuesta a Oficios de Errores y Omisiones: 08 de marzo, Aprobaci\u00f3n del dictamen y Resoluci\u00f3n por la Comisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n del INE: 21 de marzo y Aprobaci\u00f3n del dictamen y Resoluci\u00f3n por el Consejo General del INE:28 de marzo. Fuente: INE\/CG502\/2023. Instituto Electoral del Estado de M\u00e9xico; 2 de junio Elecci\u00f3n de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024, Direcci\u00f3n de Partidos Pol\u00edticos. \" class=\"eig-popup\"><i class=\"icon-view\"><\/i><span class=\"overlay\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"attachment-thumbnail size-thumbnail\" src=\"https:\/\/10.10.3.106\/candidaturas-independientes\/wp-content\/uploads\/imagenes\/CalendarioFiscalizacion_apoyo_ciudadania-150x150.png\" data-slide-no=\"2\" alt=\"Calendario de plazos para la Fiscalizaci\u00f3n de los informes del Periodo de obtenci\u00f3n de apoyo de la ciudadan\u00eda. Diputaciones Locales: Del 4 de enero 2024 al 17 de febrero 2024; Ayuntamientos: Del 19 de enero 2024 al 17 de febrero 2024. Fecha l\u00edmite de entrega de los Informes: 20 de febrero, Notificaci\u00f3n de Oficios de Errores y Omisiones: 01 de marzo, Respuesta a Oficios de Errores y Omisiones: 08 de marzo, Aprobaci\u00f3n del dictamen y Resoluci\u00f3n por la Comisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n del INE: 21 de marzo y Aprobaci\u00f3n del dictamen y Resoluci\u00f3n por el Consejo General del INE:28 de marzo. Fuente: INE\/CG502\/2023. 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